Origen del término Política Criminal
El término de la Política Criminal es muy
pretérito; utilizado por diversos autores; sin embargo, no precisamente se
conoce con exactitud quien ideo dicho término, a lo que actualmente se conoce
Política Criminal.
Según nos menciona Emilio Langle en su teoría
política criminal “no fue Feuerbach como aseguran todos (1801), y menos aun
Henke (1823), a quien algunos autores presentan como el padre de la Política
Criminal. Antes que ellos en 1793, aparece usada por Kleinsrod en su
Systematiche Entucickelung der grud begriffe and grundicahrheiten es peinlichen
rechts…, empleado en su lugar otra expresión, sin duda de más uso: Política del
Derecho Criminal, (politik des criminal rechts), todo hace suponer que así se
designaba primeramente a esta disciplina, convirtiéndose luego el termino en
dos palabras: Kriminalpolitik”. (Emilio, 1981, pág. 27)
Por tanto, siendo esto lo más lejano
encontrado del uso sobre dicho termino, es por ello, que todo indica la antigua
disciplina tenía connotaciones diferentes o variaciones discontinuas, la cual
es accesible ya que la realidad es cambiante, de igual forma que las relaciones
sociales, las estructuras gubernamentales, lo que han permitido que la Política
Criminal incluya en su término nuevos elementos como son la prevención y
readaptación.
Por
otra parte, según nos menciona Acosta Fuentes, María Elena de Paz Castro,
Walter Antonio Ramírez Torres, Sayda Lissette, “existen
otros que opina que la Política Criminal, es una ciencia moderna, quienes
manifiestan que esta tuvo sus primeros brotes en Italia, por los escritores de
los siglos XVII Y XVIII, siendo sus principales precursores Becaria, Romagnosi
y Falangieri, y posteriormente abandonados los primeros estudios y retomados en
Francia por Marsangy, en Inglaterra por Bentham, al término de los siglos XVIII
Y XIX, fue retomado en Alemania por los trabajos de Kleinsrod y Feuerbach”. (Fuentes, Castro, Ramírez Torres,
Lissette, 2005, pág.2)
imagen 2, recuperada de:
Según
lo mencionado por el señor Emiliano Borja, se fundamenta en dos grandes paramentos, el jurídico por medio del
Derecho Penal, con su objeto de establecer las conductas prohibidas u ordenas
por la sociedad a través del legislación para conservar el orden social y el
empírico por la Criminología, mediante el estudio del delincuente y el estudio
del fenómeno criminal, es por ello, que la Política Criminal se abastece de la
relación de estas dos disciplinas para lograr sus objetivos.
Sin
embargo, no se puede dejar de lado, el método de análisis mediante la
Sociología e incluso en las Ciencias Políticas, cuyo objetivo principal es el
fenómeno criminal y la legislación que lo contempla, esto quiere decir, se
ocupa de las formas o medios a poner en práctica por el Estado para una eficaz
lucha contra el delito, y a cuyo efecto de auxilia de los aportes de la Criminología
y el Derecho Penal, como según se menciona.
Por
tanto, con base a todos aquellos lineamientos que ha pasado dicho término, hoy por hoy se puede definir “como aquel sector del conocimiento que tiene como objeto el
estudio del conjunto de medidas, criterios y argumentos que emplean los poderes
públicos para prevenir y reaccionar frente al fenómeno criminal.” (Borja, 2011, pág. 21). Siendo este un conjunto sistemático de principios en los que se
inspira el Estado en sus actuaciones con el fin de organizar la lucha contra la
criminalidad.
En virtud, de acuerdo con el principio de
legalidad penal, la actividad represiva del Estado mantendrá la garantía
criminal o seguridad de que una persona sólo puede ser condenada por una acción
u omisión que se encuentra tipificada en la Ley Orgánica, por lo que conlleva a
la sanción, este prevista en la ley anterior al hecho delictivo.
El Estado reacciona contra el crimen por
medio de un conjunto de métodos represivos, situando como objetivo fundamental
ese aspecto meramente reactivo en la lucha contra el crimen. Actualmente, la
Política Criminal, continúa manteniendo como fin último disminuir las cifras de
criminalidad hasta un nivel razonable, pero por ello se puede conseguir no solo
reaccionando frente al hecho delictivo ya perpetuado, sino, todo lo contrario,
estableciendo mecanismos de prevención.
Con
base al tiempo, y a la evolución de este, la finalidad de la política criminal
y las áreas que rodean este, ha tenido un progreso que responde a las
necesidades contemporáneas de la sociedad en general, y a las nuevas
tendencias, siendo el caso que el único fin de la Política Criminal era
combatir el crimen, mientras que hoy en día regula aspectos de prevención y el
tratamiento de las consecuencias del delito.
Bibliografía:
LANGLE, EMILIO. (1981) “La Teoría de la Política
Criminal”, Editorial Rus, CSA, sexta edición, Argentina.
Acosta
Fuentes, María Elena de Paz Castro, Walter Antonio Ramírez Torres, Sayda
Lissette. (2005). Análisis de la política criminal en Salvador. [Archivo en
PDF]. Recuperado de: http://ri.ues.edu.sv/7551/1/ANALISIS%20DE%20LA%20POLITICA%20CRIMINAL%20EN%20EL%20SALVADOR.pdf
Borja, Emiliano. (2011) “Curso de Política Criminal”. 2ª
EDICIÓN. Valencia.
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